Ley
Sobre Deudas Justas y Procedimientos de Cobranzas
¡Como
consumidor, usted tiene derechos! La ley sobre deudas justas y
procedimientos de cobranza (FDCPA, siglas en inglés) regula
la conducta de las entidades de cobranza hacia el consumidor.
Es importante hacer notar que la misma NO regula a los acreedores
ni a sus departamentos internos de cobranza, sino únicamente
a las agencias de cobranza o al abogado que desempeña funciones
de cobrador. El tema de las regulaciones pertinentes al acreedor
original será discutido más adelante con mayores
detalles.
La
Comisión Federal de Comercio (FTC, siglas en inglés)
redactó la FDCPA y también asegura su cumplimiento.
Toda infracción debe ser denunciada ante la FCC. Se le
enviará a usted un formulario, y la FTC comenzará
la investigación cuando lo reciba de regreso. El cobrador
puede ser multado hasta $1,000 por cada infracción. El
consumidor puede entablar pleito directamente contra el cobrador
hasta un año después del momento en que ocurrió
la infracción alegada. Puede comunicarse con la FTC sin
cargo al 877-382-4357 (FTC-HELP).
La
FDCPA prohibe específicamente muchas actividades. Las siguientes
son algunas de las más comunes:
Un cobrador no puede llamarlo antes de las 8am ni después
de 9pm ni cuando le resulte a usted inoportuno. Por ejemplo, no
puede llamarlo a usted al hospital. Lo pueden llamar una vez por
día y aun los fines de semana. SÍ es legal que lo
llamen a su empleo. Sin embargo, si usted le informa al cobrador
que las llamadas están poniendo en peligro su empleo, deben
dejar de llamarlo. El consumidor puede escribir una carta a la
entidad de cobranza solicitando que no se le llame ni se le envíe
correspondencia sobre la deuda. Las llamadas o correspondencia
siguientes son entonces ilegales.
- Siempre
envíe la carta por correo certificado solicitando aviso
de retorno de manera que la entidad no pueda negar haberla recibido.
Es legal que se comuniquen una vez más con usted en una
fecha posterior si entablaran acción judicial en contra
de usted.
- También
es ilegal que el cobrador hable de la deuda suya con terceros,
a excepción de su cónyuge, sin tener permiso por
escrito o verbal suyo, salvo para dejar el recado de que se
está tratando de comunicar con usted.
- El
uso de palabras groseras es ilegal.
- El
cobrador no puede representarse falsamente. No puede, por ejemplo,
decir que es abogado si no lo es o simular ser un viejo amigo
suyo de la universidad tampoco.
- El
cobrador no puede hacer amenazas falsas. Si le dice que va a
tomar alguna acción específica en su contra para
cobrar la deuda, debe hacerlo. Sin embargo, sí puede
insinuar cierta acción y citar sus derechos legales,
utilizando, al comenzar, palabras y frases como: puede ser o
tal vez.
- Dentro
de los cinco días después de la primera llamada
telefónica, se le debe enviar a usted una carta a la
última dirección conocida suya dándole
información sobre su cuenta y la oportunidad de impugnar
la validez de la deuda. La disputa se debe efectuar por escrito
y deben suspenderse las actividades de cobranza hasta que se
haya verificado la deuda. Si usted contrató un abogado,
el cobrador debe comunicarse con el abogado hasta que ya no
utilice usted sus servicios. Las actividades del cobrador original
son reguladas por el estado. En California, las leyes son muy
similares a la FDCPA. Las infracciones deben denunciarse ante
la oficina del procurador general del estado en Sacramento al
800-952-5225.
Es
importante que conozca sus derechos. Una de las mejores formas
de evitar problemas con cobradores es comunicarse honestamente
con ellos y formular un plan realista (que sea aceptable para
el cobrador y financieramente factible para usted) para el pago
de la deuda. |